¿Cultura o Crueldad en la CDMX?

Por  Verónica Mercado

El tema de las corridas de toros y las peleas de gallos en la Ciudad de México es más que un debate legal: es una conversación que toca el corazón de quienes valoran tanto la tradición como el bienestar animal. A continuación, presentamos una reflexión que invita a ver el asunto desde diferentes perspectivas, recordando su historia y cómo nos afecta a todos hoy en día.


Un poco de Historia

La discusión sobre la tauromaquia en México tiene raíces que se extienden por más de un siglo. Durante el periodo revolucionario, en 1916, Venustiano Carranza decretó la prohibición de las corridas de toros en el entonces Distrito Federal, en un intento por “civilizar” prácticas consideradas en ese momento como bárbaras y contrarias al progreso social.


Con el paso de las décadas, la percepción social y jurídica evolucionó. A partir de 2013, varios estados—como Sonora, Coahuila, Guerrero, Quintana Roo y Sinaloa—adoptaron legislaciones que prohibían la tauromaquia, impulsadas por una creciente preocupación por el bienestar animal. En contraposición, otros estados, incluyendo Querétaro, Guanajuato, Tlaxcala, Aguascalientes, Zacatecas e Hidalgo, han declarado la tauromaquia como patrimonio cultural inmaterial, resaltando su valor histórico y su relevancia en la identidad de sus comunidades.


I. Argumentos a Favor de la Prohibición: Protección del Bienestar Animal y Derechos Fundamentales


1. Reconocimiento de la Condición de Seres Sintientes

El avance en el conocimiento científico y jurídico ha permitido reconocer que los animales son seres sintientes, capaces de experimentar dolor y sufrimiento. Desde esta perspectiva, someterlos a espectáculos donde se induce un malestar intencional entra en conflicto con el derecho de la sociedad a disfrutar de un medio ambiente ético y sano.


2. Principio de Proporcionalidad

El análisis jurídico exige ponderar los intereses en juego. Aunque las prácticas taurinas tienen un componente cultural, el sufrimiento causado a los animales se considera un perjuicio que, en términos de proporcionalidad, puede sobrepasar los beneficios culturales o económicos. La restricción o prohibición se justifica cuando el daño a derechos fundamentales—como el bienestar animal—resulta mayor que el valor del espectáculo.


3. Impacto en la Formación Ética y en la Protección de la Niñez

Estudios en derechos del niño han señalado que la exposición a actos que normalizan el sufrimiento y la violencia puede influir negativamente en el desarrollo moral y psicológico de los menores. Prohibir estos espectáculos se interpreta como una medida preventiva para fomentar una sociedad más compasiva y respetuosa con la vida.


4. Evolución Normativa Internacional

En un contexto global, diversos países han adoptado medidas que limitan o eliminan prácticas que implican maltrato animal. Esta tendencia, respaldada por compromisos internacionales en materia de derechos y bienestar animal, refuerza la postura de aquellos que abogan por una modernización del marco jurídico en la Ciudad de México.


II. Argumentos en Defensa de la Diversidad Cultural y de los Usos y Costumbres


1. Derecho a la Cultura y la Libre Expresión Artística

La tauromaquia y las peleas de gallos se consideran para muchos una forma de arte y expresión cultural que amalgama elementos de teatro, ritual y tradición. La protección de estas manifestaciones se fundamenta en el derecho a la cultura y la libre expresión, garantizados por la Constitución y tratados internacionales.


2. Salvaguarda de Usos y Costumbres

En varias regiones de México, estas prácticas han sido parte integral de la identidad de comunidades enteras durante generaciones. Prohibirlas de manera absoluta podría interpretarse como una injerencia en la preservación de costumbres y tradiciones que definen la diversidad cultural del país, afectando a minorías que valoran y dependen de estas expresiones.


3. Impacto Económico y Derecho al Trabajo

La industria taurina y la organización de peleas de gallos generan empleo y dinamizan economías locales. La prohibición total no solo afectaría la continuidad de estas tradiciones, sino también el sustento de miles de trabajadores y empresarios, vulnerando derechos fundamentales como el derecho al trabajo y a la libre empresa.


4. Regulación en Lugar de Prohibición Absoluta

Muchos proponentes de la tradición sostienen que, en vez de una eliminación total, es posible implementar marcos regulatorios que minimicen el sufrimiento animal. Esta alternativa permitiría la continuidad de las prácticas culturales, adaptándolas a los estándares éticos actuales sin desarraigar una tradición histórica.


5. Diversidad de Opiniones y Pluralismo Cultural

La diversidad cultural es un valor fundamental en un Estado democrático. La defensa de estas prácticas radica en el reconocimiento de que la pluralidad de manifestaciones culturales enriquece a la sociedad, y que imponer una única visión normativa puede limitar el desarrollo y la expresión de identidades diversas.


Conclusión: Hacia una Reflexión Integral

El debate legislativo en la Ciudad de México refleja la tensión entre dos visiones: la necesidad de proteger a los animales y promover un entorno ético, y el imperativo de salvaguardar tradiciones culturales que han definido a comunidades a lo largo del tiempo. La historia nos muestra cómo estas prácticas han sido objeto de transformaciones legislativas y sociales, desde la prohibición de 1916 hasta las diversas posturas adoptadas a partir de 2013.


Invitamos a nuestros lectores a profundizar en ambos argumentos, a considerar los antecedentes históricos y a reflexionar sobre los valores que desean priorizar en la construcción de una sociedad justa y diversa. ¿Cuál de estas posturas resuena más con los principios de equidad, justicia y respeto que deben regir nuestro entorno social?

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